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¿Eres beneficiario de un seguro de vida? → ¡Descúbrelo!

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Los seguros de vida son aquellos que cubren el fallecimiento del asegurado y los beneficiarios suelen ser los familiares o amigos del fallecido. Cualquier persona puede consultar si el asegurado disponía de un seguro de vida. Te explicamos los pasos a seguir para saberlo y cobrar el seguro.

El seguro de vida es un tipo de producto que se suele contratar para asegurar la estabilidad económica de la familia. Normalmente, el miembro de la familia que aporta el grueso de los ingresos del hogar es el que se asegura, mientras que el resto de los miembros de la familia son los beneficiarios, es decir, los que cobrarán el seguro en caso de que el cabeza de familia fallezca.

En caso de esta eventualidad, no es poco frecuente que los miembros de la familia desconozcan si el fallecido estaba asegurado o no. Entonces, ¿cómo se puede saber si se es beneficiario de un seguro de vida?

El nombramiento del beneficiario de la póliza se especifica en las Condiciones Particulares de la póliza del seguro de vida y se puede hacer de dos maneras: de forma expresa o de forma genérica. Es decir, pueden aparecer los nombres explícitos de los beneficiaros o bien expresarse de forma genérica, por ejemplo, “los herederos” o “los descendientes”.

Si la familia del fallecido no está segura de si son beneficiarios de la póliza, existe el riesgo de que se queden sin la prestación, ya que para acceder a ella hay que realizar una serie de trámites tras el fallecimiento. Ya que podemos ser beneficiarios de muchos tipos de seguro de vida, lo mejor es estar al tanto de que seguros tienen contratados nuestros familiares.

Cómo comprobar si existe un seguro de vida y cómo conocer quiénes son los beneficiarios

Para hacer esta comprobación, se deberá acudir al fichero de seguros creado por el Ministerio de Justicia y denominado oficialmente Registro de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento. Este fichero es público, por lo que todos los usuarios pueden acceder a él. Consultando este registro, se puede saber si se es beneficiario de un seguro de vida en pocos días, ya que las aseguradoras están obligadas por ley a volcar su información en él. 

¿Qué plazo hay para reclamar el seguro de vida?

El plazo por defecto para comunicar el fallecimiento del asegurado a la entidad asegurado es de 7 días. Sin embargo, 7 días se suele considerar un plazo demasiado corto, sobre todo teniendo en cuenta todo el resto de las gestiones que la familia debe hacer al fallecer su familiar.

Aunque este plazo está regulado por ley, existen salvedades a este respecto. Siempre que no exista dolo o mala fe, es decir, que se oculte el fallecimiento a propósito y con intenciones ocultas, se puede exceder este plazo como norma general.

Lo que sí existe es un plazo de prescripción del seguro de vida, que es de 5 años. Si los beneficiarios del seguro de vida no reclaman su indemnización durante ese lustro, el seguro prescribirá y ya no se podrá hacer nada al respecto.

En resumen, las entidades aseguradoras pueden ampliar el plazo de 7 días establecido por la ley, a no ser que exista dolo o mala fe, y el seguro se podrá reclamar antes de los 5 años del fallecimiento del asegurado.

Pasos a seguir para consultar el registro de seguros

Para realizar esta consulta, es imprescindible seguir estos trámites:

  • Obtener el Certificado Literal de Defunción (original o copia compulsada): se obtiene en el Registro Civil del lugar en que se haya producido el fallecimiento.
  • Hacerse con el Modelo 790 para abonar la tasa de recaudación tributaria, de 3,70 euros. Se puede realizar en una entidad financiera que colabore con la Agencia Tributaria.
  • Acudir al Registro de seguros 15 días hábiles después de fallecimiento y con los documentos citados para realizar la consulta.

Pasos a seguir para reclamar el seguro de vida

Una vez que la familia haya consultado el registro de seguros, podrá comprobar si el fallecido tenía seguro o no y quiénes son sus beneficiarios.

En caso positivo, los beneficiarios recibirán los datos correspondientes para ponerse en contacto con la aseguradora y se procederá a efectuar los trámites finales para que cobren su parte como beneficiarios.

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