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¿Pareja de hecho o matrimonio civil? Con qué fórmula estamos más protegidos

Diferencias entre matrimonio y pareja de hecho

Matrimonio y pareja de hecho siguen sin ser lo mismo, ni legalmente ni en cuanto a requisitos de formalización.

Casarse de manera tradicional sigue estando de moda en España. Durante 2018 optaron por el matrimonio el 86% de las parejas, mientras que solo el 14% realizaron una unión de hecho, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Y aunque la pareja de hecho es una forma de convivencia que sigue estando en auge, no proporciona los mismos derechos que el matrimonio, como veremos en este artículo donde responderemos a la pregunta ¿es lo mismo casarse que formar pareja de hecho en España?

Matrimonio y pareja de hecho, ¿son lo mismo?

La respuesta rápida es no. Matrimonio y pareja de hecho no son lo mismo ni en cuanto a requisitos de formalización ni legalmente.

Para casarnos basta con acreditar nuestra capacidad matrimonial, según recoge el Código Civil, pero para constituir pareja de hecho es necesario cumplir una serie de requisitos que varían en función de la Comunidad Autónoma donde residamos, pero que por regla general tienen que ver con la convivencia, tener hijos en común o haberse inscrito en un registro específico.

En qué se parecen el matrimonio y la pareja de hecho

Ambas figuras disponen de una situación legal semejante en cuanto a la situación de los hijos en común, las adopciones y la situación de viudedad.

  • Los derechos de los hijos están protegidos en todos los ámbitos y en todas las Comunidades, incluso cuando haya un divorcio o una separación de la pareja, pues lo único que varía es el procedimiento judicial para determinar la custodia, las pensiones, el régimen de visitas, etc.
  • Con ambas formas de unión se puede optar por realizar una adopción conjunta.
  • Y ambas formas reconocen la pensión de viudedad, aunque existen pequeñas diferencias en los requisitos de acceso a este derecho. En el caso de la pareja de hecho, será necesario acreditar un periodo de convivencia de cinco años previo al fallecimiento de la otra persona, y dos años registrados como pareja de hecho. Además, los ingresos de la persona que solicita la pensión no pueden superar el límite que establece la Seguridad Social.

Y en qué se diferencian pareja de hecho y matrimonio

Sin embargo, ambas figuras se diferencian en aspectos legales fundamentales:

  • A la pareja de hecho no se le aplican régimen de gananciales ni separación de bienes. No obstante, pueden elaborar y registrar un documento que recoja sus pactos económicos.
  • El Estatuto de los Trabajadores no contempla permisos tras la unión como pareja de hecho, pero sí como matrimonio. Aunque esto dependerá del convenio colectivo al que esté adscrito el trabajador o trabajadora.
  • La pareja de hecho no puede tributar de manera conjunta en el IRPF.
  • Además, salvo que esté regulado por la CCAA en la que se resida, las parejas de hecho no tienen, por regla general, derecho a pensión compensatoria.
  • Y también dependerán de la CCAA los derechos sucesorios, si uno de los miembros de la pareja muere sin testamento. En algunos casos, los derechos sucesorios de las parejas son similares a los de los cónyuges supervivientes, pero en las Comunidades donde no exista una normativa autonómica, es el Derecho Civil el que rige, y este determina que si la pareja no está incluida expresamente en el testamento, no heredará.

Algo semejante ocurre con la indemnización del seguro de vida familiar. Una sentencia dictada en 2018 establece que, si no aparece designada expresamente con nombre y apellidos, como beneficiaria de la póliza, la pareja de hecho del fallecido no podrá cobrar el seguro aun cuando haya sido nombrada heredera del asegurado. Esto quiere decir que, aunque haya un testamento, y en el testamento aparezca la pareja del fallecido como beneficiaria de su seguro, si no aparece su nombre y apellidos, no podrá cobrar la indemnización.

Así que, en resumen, desde el punto de vista legal, matrimonio -regulado por el Código Civil- y pareja de hecho -figura regulada en leyes autonómicas- no son lo mismo ni tienen a día de hoy los mismos derechos, aunque las principales diferencias dependen de la Comunidad Autónoma donde resida la pareja.

A pesar de que las parejas de hecho están en auge, no casarse sigue teniendo sus inconvenientes pues algunos derechos están mermados en relación con los derechos de las parejas casadas, y pueden encontrarse mayores obstáculos para obtener las mismas garantías. Las parejas que no optan por el matrimonio incluso se enfrentan a mayor seguridad jurídica.

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