
Explicamos en qué consiste este término relacionado con el ámbito jurídico y aplicado al sector de los seguros de vida.

El proceso de herencia puede tener distintas fórmulas y herederos dependiendo de la capacidad, la forma o el modo de sucesión tras el fallecimiento de una persona
El proceso de heredar puede llegar a plantear situaciones complicadas si los trámites burocráticos y jurídicos no se encuentran bien encauzados previamente. Sea cual sean el tipo de condiciones, seguro de vida precio o coberturas, conviene sopesar contratar uno para evitar este tipo de complicaciones. Repasamos varias de las situaciones que se pueden llegar a producir en lo tocante a las herencias.
Si el fallecido no ha redactado un testamento, se produce una situación conocida como sucesión “ab intesta”. Esta situación se da cuando alguien fallece sin realizar el testamento, cuando existe un testamento donde no se especifica quiénes son los herederos o estos ya han fallecido, o cuando el propio heredero renuncia a su derecho.
Según el código civil en España, en este tipo de situaciones las personas con derecho a herencia serían estas:
En el caso de que un matrimonio no cuente con descendientes, el artículo 807 del Código Civil contempla que estos deben ser los padres, ascendientes o el viudo/a. En un segundo orden de llamamiento se encuentra la línea recta ascendente. En un tercer lugar, se encuentran los ascendientes con un cónyuge y en un cuarto orden, los hermanos e hijos de hermanos, en la conocida línea colateral.
Esta figura hace referencia a aquellas personas que no pueden estar privadas de una herencia aunque no aparezcan en un testamento, porque la ley no lo contempla. Esta alusión se refiere a los parientes más próximos que no pueden ser desheredados, ya que obligatoriamente han de recibir una porción de la herencia pro parte del causante y debe respetársele su derecho.
Por tanto, los hijos, el cónyuge y los padres del causante, por este orden, se consideran herederos forzosos. Los vástagos y la pareja les corresponde por derecho el 25% del patrimonio de la herencia a cada uno.
Atendiendo siempre al Código Civil, esta cuestión aparece reflejada en su artículo 1963: el plazo para reclamar una herencia tiene una duración de 30 años. Este plazo comentará a contarse desde que el poseedor manifieste su interés en hacerse con los bienes del fallecido como si fueran de su propiedad y negando al resto como herederos.

Explicamos en qué consiste este término relacionado con el ámbito jurídico y aplicado al sector de los seguros de vida.

Matrimonio y pareja de hecho siguen sin ser lo mismo, ni legalmente ni en cuanto a requisitos de formalización.

Cuando una persona fallece, sus bienes, pero también sus deudas -si las tiene-, pasan a formar parte de su herencia, que habrá que repartirse entre los herederos que señale su testamento y, a falta de este, lo que indique la ley.

Los seguros de vida son aquellos que cubren el fallecimiento del asegurado y los beneficiarios suelen ser los familiares o amigos del fallecido. Cualquier persona puede consultar si el asegurado disponía de un seguro de vida. Te explicamos los pasos a seguir para saberlo y cobrar el seguro.